PROTOCOLO DE ACTUACION
TRABAJADORAS EMBARAZADAS, PARTO RECIENTE O LANCTANCIA
PROCEDIMIENTOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo y lactancia natural
1. COMUNICACIÓN A LA EMPRESA
Se aprecia como necesaria la comunicación del estado de la trabajadora a la empresa para poder reconocer su situación legalmente y exigir la adopción de las medidas preventivas adecuadas.
Pero... ¿LA TRABAJADORA TIENE LA OBLIGACIÓN DE COMUNICAR SU SITUACIÓN?
Entendemos que NO existe obligación legal de ello. Sin embargo, si no ha existido la comunicación de la situación de embarazo, parto o lactancia, es más difícil poder imputar a la empresa la falta de adopción de medidas de protección.
¿Cómo comunicar la situación de embarazo?
Se recomienda comunicar la situación a la empresa por escrito. Esta comunicación podrá ser directa a la empresa o a través del delegado de prevención.
2. OBLIGACIONES EMPRESARIALES
El empresario debe realizar una evaluación de riesgos para la reproducción en el conjunto de sus fases: antes de la fecundación y durante el embarazo y la lactancia, según artículos 25 y 26 de la Ley de PRL.
Esta evaluación se deberá extender a cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico sin olvidarse de las actividades que realizan las subcontratas u otras empresas que concurran en el centro de trabajo.
Los Servicios de Prevención de la empresa son los encargados de identificar este tipo de riesgos para la realización de dicha evaluación de riesgos.
3. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DURANTE EL EMBARAZO
Cuando ha fracasado todo lo anterior: eliminación del riesgo, adaptación del puesto de trabajo y cambio de puesto.
Trámites:
a) La trabajadora acudirá al personal facultativo del sistema público de salud portando:
· Declaración de la empresa sobre los trabajos y actividades realizados, con las condiciones del puesto y los riesgos específicos. A todos los efectos es la evaluación de riesgos del puesto y planificación de la actividad preventiva.
Se incluirán las acciones adoptadas para que los riesgos del puesto no constituyan un peligro para la trabajadora embarazada o el feto.
b) El o la facultativo/a del sistema público de salud emitirá:
· Informe: donde dará noticia en un documento de un asunto que es de su competencia y por lo que como funcionario público vuelca una opinión o juicio sobre la posible afección de la salud de la trabajadora y del feto o lactante.
c) La trabajadora acudirá con el INFORME ANTERIOR, a la MUTUA, para que:
· Certifiquen el documento del sistema público de salud. Es decir, aseguren, afirmen y den por cierto dicho informe. O lo que es lo mismo, hagan constar por escrito la realidad informada por quien tiene esta atribución por la norma. Así, la MUTUA, con la evaluación del puesto y los criterios de no posibilidad de modificación, ni cambio de puesto, determina la suspensión del contrato y la percepción del subsidio.
d) La trabajadora presentará la solicitud, según modelo oficial, a la que acompañará:
· Informe del médico/a de familia.
· Certificado de la MUTUA
· Declaración de la empresa sobre inexistencia de otro puesto de trabajo compatible con el estado temporal de la trabajadora embarazada.
· Documentación para acreditar la identidad y las circunstancias determinantes del derecho:
DNI trabajadora. Nº Identificación de Extranjera ( en su caso)
Certificado de empresa de cotización debidamente cumplimentado.
¿Dónde se presenta? En la MUTUA
¿Cuantía de la prestación? 100% de la base reguladora por contingencias profesionales.
IMPORTANTE
· INFORMA A TUS DELEGADOS DE PREVENCIÓN DURANTE TODO EL PROCESO.
· EN EL CASO DE DISCREPANCIA O ANTE LA NEGATIVA DE LA MUTUA EN CUALQUIERA DE TUS DERECHOS SOLICITA NUMERO DE COLEGIADO Y HOJA DE RECLAMACIONES (IMPRESO OFICIAL DE RECLAMACIONES EN EL AMBITO SANITARIO) TRAS EXPONER TU QUEJA, SOLICITA COPIA CON REGISTRO DE ENTRADA O SELLO DE LA MUTUA.
· INFORMATE EN TU SINDICATO SOBRE CUALQUIER TIPO DE DUDAS QUE TENGAS, EN CC.OO. CANARIAS TENEMOS A TU DISPOSICIÓN LOS GABINETES DE SALUD LABORAL Y LA SECRETARIA DE LA MUJER. EN:
C/ Méndez Núñez 84 – 10ª – CP: 38001 Santa Cruz de Tenerife
Tlfno: 922 604 745 / 95 – Fax: 922 604 701
Email: gslaboral-tf-ic@canarias.ccooo.es
RECUERDA
· NO firmes nunca documentos que no sepas lo que significan, pide siempre una copia para asesorarte, y en cualquier caso, si te ves presionado firma NO conforme, poniendo la fecha en la que la recibes.
· Si firmas finiquitos o liquidaciones y luego te das cuenta que son incorrectos ya no podrás reclamar.
· Vigila la antigüedad de tu nómina, que no te la modifiquen, así como la seguridad social de tu empresa.
· Pide de vez en cuando una vida laboral.
· Guarda bien tus nominas así como otros documentos de importancia.
· Exige siempre copias de lo que firmes.
· Nunca en caso de despido abandones tu puesto de trabajo sin carta por escrito de la empresa, firmada y sellada por el empresario.
¡¡¡HAZ VALER TUS DERECHOS, DE TI DEPENDE!!!
GUÍA SINDICAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA CC.OO. http://www.ccoo.es/comunes/temp/recursos/1/67402.pdf
26 septiembre, 2009
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