CORREO ELECTRÓNICO

02 junio, 2011

Compañeros/as el motivo de la presente es informar que ya ha salido la SENTENCIA del Juzgado de lo Social nº 2 del GRUPO 7 – Reclamaciones de la 123 a la 128, de la 130 a la 131, 135, 136, 138 y 139.

El Fallo de la misma reconoce el derecho de los demandantes al percibo de los conceptos salariales que constan en la sentencia por un importe total de 34.026,49 €. Condenándose a la demandada y al Fondo de Garantía Salarial.

NOTA: Aquellos que en el momento de la entrega de la documentación dejaron email de contacto ya se les ha enviado por correo electrónico en formato digital.

La SENTENCIA podrán pasar a recogerla los interesados por las oficinas de la F.S.C. CC.OO. en la Planta 8 del Edificio La Sindical en la C/ Méndez Núñez 84 en horario de mañana 08:30 h. a 14:30 h. de lunes a viernes y los martes de 16 a 18 horas.

Se recuerda aquellos que deseen actualizar y/o facilitar sus datos de contacto a efectos de comunicación (teléfono o Email) lo hagan en el momento de solicitar la SENTENCIA.

Seguiremos informando.


Los conductores de SVA que pesen más de 3.500 kg, no necesitan realizar el curso del CAP
Segun la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento en la carta enviada a la Federacion Nacional de Empresarios de Ambulancias (AENA), los conductores de las SVA que sobrepasen los 3500Kg no necesitaran el CAP para seguir ejerciendo su trabajo.